El Consejo de Ministros del viernes aprobó el Real Decreto que establece las normas básicas relativas a inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
El Real Decreto establece que a 26 de noviembre de 2016 todos los equipos de tratamientos fitosanitarios en uso deberán haber sido inspeccionados al menos una vez. Las inspecciones se realizarán cada 5 años, o cada 3 en el caso de los equipos de mayor utilización, como los de las empresas de tratamientos o las agrupaciones de productores.
A partir de 2020 todos los equipos deberán inspeccionarse cada 3 años
Este real decreto incorpora al ordenamiento jurídico español la directiva comunitaria por la que se establece un marco comunitario para el uso sostenible de los plaguicidas, y tiene como principal objetivo regular las inspecciones de equipos de aplicación de productos fitosanitarios. El objetivo final de estas inspecciones es que los equipos de aplicación de productos fitosanitarios funcionen correctamente, garantizando la exactitud en la distribución y dosificación del producto, así como la no existencia de fugas en el llenado, vaciado y mantenimiento.
Fuente: Fepex Fecha de publicación: 22/11/2011